Gravamen por control aduanero sobre mercancías importadas desde Colombia

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) , mediante la Resolución No. SENAE-SENAE-2026-0006-RE publicada el 24 de enero de 2026, estableció una tasa por control aduanero para las mercancías que ingresen desde Colombia, con el objetivo de reforzar el control aduanero y la seguridad de la cadena logística. Estas mercancías deberán someterse a controles físicos, documentales o no intrusivos.

La tasa corresponde al 30% del valor en aduana de las mercancías, será liquidada por el SENAE y cobrada por el SRI, sin posibilidad de compensación con notas de crédito. Están obligadas a pagarla todas las personas naturales o jurídicas que importen mercancías desde Colombia, salvo los regímenes y mercancías expresamente exentas y aquellas con tarifa 0% según el COPCI.

El pago deberá realizarse dentro de los 2 días hábiles posteriores a la liquidación y el comprobante deberá anexarse a la Declaración Aduanera.
La resolución entrará en vigencia el 1 de febrero de 2026.