
En octubre de 2025, se oficializó en el Registro Oficial, Suplemento No. 151, la Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Esta normativa fue impulsada por el Ejecutivo con carácter de urgencia económica y recibió la aprobación del Pleno de la Asamblea Nacional antes de su publicación.
Objetivo principal:
Reforzar las capacidades operativas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional mediante incentivos tributarios y la canalización de donaciones destinadas exclusivamente a la seguridad interna, defensa nacional y mantenimiento del orden público.
Incentivo tributario:
Los contribuyentes que realicen donaciones de bienes nuevos, inmuebles o equipamiento podrán acceder a una reducción del Impuesto a la Renta causado de hasta el 30 %, sin derecho a devolución.
Finalidad de la norma:
Dirigir recursos adicionales hacia el fortalecimiento de las fuerzas del orden.
Fomentar la colaboración del sector privado en la seguridad nacional.
Asegurar la transparencia y control en la gestión y rendición de cuentas de las donaciones.
Reforma incorporada:
Se adiciona un artículo innumerado posterior al Art. 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno, estableciendo formalmente este beneficio tributario.
Entrada en vigencia:
La disposición aplica desde el día siguiente a su publicación, es decir, a partir del 25 de octubre de 2025, correspondiente al ejercicio fiscal 2025.